El importe por alta de suministro de agua en Canal de Isabel II es de aprox. 180 euros.
Cuando recibes el contrato en casa te desglosan ese importe en: precio del contador (luego se debe suponer que es tuyo o no), además te cobran el resto en concepto de consumo anticipado (como fianza ). Mi pregunta es la siguiente: ¿Están en su derecho de cobrarte esa fianza?. Y si el contador es tuyo, tampoco te deberían cobrar alquiler, no?