Usted dice: "quiero dar de alta a mi mujer como empleada del hogar". ¿puede explicar un poco más la situación?
Me parece entender que usted quiere contratar a su cónyuge como empleada de hogar. Si es así, dudo que pueda hacerlo. Es decir, la profesión de ama de casa no está considerada dentro del sistema de empleados de hogar.
Si se refiere a que su mujer es empleada de hogar para otras personas, lo suyo es que tuviera un contrato en cada domicilio que trabaje.
Buenos días, agradecerle la aclaración, pero por ese concepto de ajenidad, hay que firmar algún documento donde indique ese concepto de trabajar por cuenta ajena a cambio de un salario?
Buenas noches, contrato de ajenidad, significa ni más ni menos que la empleada de hogar no es autónoma, sino que trabaja en condición de cta. ajena y dependencia, esto es, a cambio de un salario y bajo la dirección de ud. Los de la TGSS, en vez de aclarar las dudas, saltan por la vía Tarifa.
Hola. Aquí le envío el enlace del SEPE donde e hallan los modelos de contratos.
Mire la modalidad de contrato indefinido.
https://www.sepe.es/HomeSepe/empresas/Contratos-de-trabajo/modelos-contrato.html
Saludos
Buenos días, quiero dar de alta a mi mujer como empleada del hogar, he llamado a la TGSS y me han informado que tengo que hacer un Contrato de Ajenidad entre ambos, sabría decirme alguien cómo puedo conseguir un modelo de ese tipo de contrato?