Hola todas, me ha surgido la siguiente duda, a ver si alguien me la puede resolver:
A la hora de ejercer una actividad como persona física, hay algún importe mínimo que exima a uno de darse de alta en el Régimen de Autónomos o es independiente de la facturación?
Si preguntas en la Seguridad Social, te van a decir que desde el mismo momento en que inicias la actividad tendrás que darte de alta en autónomos.
Para la Seguridad Social, trabajador autónomo es “aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ello a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas”.
En la práctica, si facturas por debajo del SMI, no deberías tener problemas, siempre que estés dado de alta en Hacienda y todas tus facturas lleven la retención correspondiente de IRPF.