Buenas tardes, el administrador de la empresa 1 me ha otorgado poderes totales en la misma. Estoy trabajando en otra empresa por cuenta ajena. ¿Debería darme de alta al tener poderes en la empresa 1 como autónomo u otro tipo de alta, aunque no realice ninguna actividad?
Debería darse de alta como autónomo si el cargo que se le otorga es remunerado, declarando en su IRPF tanto lo que cobra por cuenta ajena como lo que percibe por autónomo.