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alta con propuesta de incapacidad

1 Comentarios
 
Alta con propuesta de incapacidad
22/09/2004 10:04
Un trabajador que está en situación de IT es dado de alta médica con propuesta de incapacidad. La duda que tenemos es saber qué debe hacer, si está obligado a reincorporarse a su puesto de trabajo o si debe esperar a que el INSS resuelva sobre la incapacidad. Si alguien tiene idea de dónde está regulado esto agradeceré me dé los datos de la disposición normativa. Gracias a todos.
22/09/2004 18:45
Hola.

El artículo 4.a del R.D. 1300/1995 de 21 de julio dice que el procedimiento para evaluar la incapacidad en orden al reconocimiento del derecho de las prestaciones económicas por invalidez permanente, se inciarará de oficio, por propia iniciativa de la entidad gestora.

En su art. 5 se recoge que la instruccion del procedimiento a que se refiere el artículo anterior requerirá los siguientes actos e informes: Aportación de alta médica de aistencia sanitaria e historial clínico.

Por otra parte, el artículo 131 bis de la LGSS nos dice que cuando la extincion de la I.T. se produjera por alta médica con declaración de incapacidaqd permanente, los efectos de la situación del la I.T. se prorrogaran hasta el momento de la calificacion de la incapacidad permanente...

Así las cosas, el trabajador que está propuesto para incapacidad permenente, no debe incorporarse al trabajo hasta ser valorado y calificado, y solo volvería si la Unidad de Valoración no lo declarase afecto a incapacidad alguna. Mientras espera ser valorado y el resultado de esa valoración, pasa a cobrar la I.T. en pago directo y la empresa debe continuar cotizando por el hasta los 18 meses, en que puede porceder a su baja en la Seguridad Social.

Saludos