Me he dado de alta en la agencia tributaria por un error cuatro dias fuera de plazo, es decir en el 037 puse como fecha de alta el día 16 de enero y se presentó en la agencia triburaria el día 20 de enero. Mi pregunta sería si esto conlleva algún tipo de sanción frente a la agencia tributaria tratándose de tan poco tiempo. Todavía no me he dado de alta en la seguridad social porque dispongo de un mes de plazo , y quisiera preguntar si este error podria afectarme a la hora de solicitar la tarifa plana ,en ambas fechas estoy dentro del plazo para darme de alta en la S. Social.
Las declaraciones censales (036 y 037) presentadas fuera de plazo a requerimiento de la AEAT conllevan una sanción de 400 euros. Si la presentación fuera de plazo es por iniciativa propia antes de ser requerido, entonces la sanción es de 200 euros.
En mi opinión no te afecta al tema de la bonificación de la seguridad social y no creo que te pongan ninguna sanción por el tema del 036 a mi me ha pasado alguna vez y nunca me pusieron sanción, pero la verdad es que con la ley en la mano es como dice mark9.
Muchas gracias por vuestras repuestas. Efectivamente he preguntado en hacienda y me han dicho que la sancion por alta fuera de plazo sin requerimiento son 200 euros, pero que no suelen sancionar aunque entiendo como dice Mark9 y como esta hacienda ultimamente que puedan hacerlo. En cuanto a la tarifa plana me dijeron en la tesoreria que la norma no decia nada al respecto por lo que no me afectaria.
Yo tampoco creo que le sancionen, sólo por cuatro días y sin que se le haya requerido. Además se tiene en cuenta que ese retraso no tiene efectos o perjuicios económicos.