No pensaba que este asunto fuese a dar para tanto!
La duda nos surgió porque el hijo de un compañero, que está haciendo un Máster, empieza prácticas curriculares en un despacho, en el cual le han dicho que van a cotizar por él una cuota de 80 Euros.
El aseguraba que a muchos de sus compañeros no les habían dado de alta en SS en los despachos por ser prácticas curriculares, y nos planteaba esa cuestión, que si va a recibir algún tipo de contraprestación por el hecho de ser dado de alta. Mi primera respuesta fue decirle que suponía que sí, dado que la empresa cotizaba una parte pero otra iría a su cargo, no obstante, no estoy muy puesto en Derecho Laboral ya que mi especialidad es otra.
Muchas gracias a todos por vuestro tiempo, de verdad.
Infante, no supondrán un coste las prácticas curriculares remuneradas, pero sí existe obligación de alta... A ver si alguno se cree que como existe bonificación del 100%, no hace falta cursar alta.
Toda remuneración implica alta... Otra cosa, es sí caben o no bonificaciones... En cualquier caso, el coste es mínimo (estamos hablando de 41€ sin bonificaciones).
Hay que diferenciar si las prácticas son curriculares o extracurriculares.
Cuando las prácticas son curriculares, existe una bonificación del 100% de las cuotas empresariales, por lo que no supone un coste el alta en la S.S.
Cuando las prácticas son extracurriculares, la obligación de alta sólo existe cuando las mismas son REMUNERADAS. En caso de que no sean remuneradas, NO PROCEDE el alta.
Un becario no tiene una relación laboral con la empresa, acaba allí en virtud de un convenio establecido entre un centro docente o de otro tipo y la propia empresa.
Por tanto, no tiene por qué ser remunerado por la empresa obligatoriamente (o sí, dependiendo de las condiciones de la beca), pero tampoco se puede obligar al trabajador a sacar el trabajo como al resto de los empleados. Está allí para aprender y tiene que estar supervisado en todo momento.
Desde hace poco es obligatorio que se cotice a la Seguridad Social durante el tiempo que el becario esté en la empresa.
Alta becario en ssocial. implica contraprestación?
Hoy,charlando con un amigo, nos ha surgido esta duda. El hecho de dar de alta a un becario en la SS y cotizar por él, implica necesariamente una contraprestación económica al mismo? O se puede simplemente pagar sus cotizaciones?
No tratamos de explotar a ningún joven en el despacho, no penséis mal... jajaja... a mi ya me tocó pasar por ello y no soy partidario de trabajar sin cobrar, simplemente nos ha surgido esa duda.