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Alquilo vivienda contrato

4 Comentarios
 
02/10/2024 18:45
Efectivamente la fianza sólo se deposita una sóla vez.
02/10/2024 15:47
terabel
Michas gracias. Guardo todos los documentos. Y pagué la fianza tarde porque la Inmobiliaria que nos puso en contacto al inquilino y a mí no me indicó que había que hacerlo a pesar de que le pregunté si había que hacer algo . Cuando haya transcurrido un año y si se va prorrogando el contrato ya que el inquilino quiere continuar yo como propietaria ya no tendré que depositar más fianzas? Con una ya vale?
28/09/2024 17:10
Carmen1934
En la Comunidad Valenciana, el contrato de alquiler no tiene por qué ser registrado ante la Administración, al menos no oficialmente. El contrato es válido desde que el arrendador y el inquilino lo firman. Claro que no todo es tan simple. Está el tema de la fianza.

Si bien ha depositado la fianza tarde, no se preocupe. Lo que importa es que lo haya hecho. Esa es la única obligación real que tiene como arrendador. Sin eso, puede enfrentarse a algo peor.

Ahora, lo de las ayudas al alquiler. Si el inquilino quiere una, necesitará presentar el contrato, claro está. Usted, al haber depositado la fianza y adjuntado el contrato, ya cumplió.

Un par de recomendaciones, no más, para que todo siga el curso correcto. Guarde el papel que prueba el depósito de la fianza. Y más le vale tener una copia lista para su inquilino, por si la necesita. A futuro, intente no retrasarse en ese depósito. Ya sabe, 15 días hábiles después de la firma. Que no lo tomen desprevenido.

En resumen, todo marcha. El contrato, el depósito, la ayuda... Que nadie le haga pensar lo contrario. Y si la Administración se pone quisquillosa, ya tendrá tiempo de lidiar con sus caprichos.
28/09/2024 16:14
Es que no entiendo la preguta: ¿a qué se refiere cuando pregunta si será suficiente? ¿Suficiente para que?
Alquilo vivienda contrato
28/09/2024 10:58
Alquile una vivienda en Castellón y la Inmobiliaria redactó un contrato. Se hizo en marzo 2024. He depositado la fianza ante la Generalitat Valenciana recientemente porque la Inmobiliaria no me lo explicó. Ahora el inquilino quiere pedir la ayuda por alquiler y mi pregunta es si el contrato de alquiler se tendría que haber presentado ante la Administración o no es necesario. (La Inmobiliaria en su día me dijo que no era necesario). Cuando presente los modelos oficiales al depositar la fianza adjunte el contrato, será ya suficiente?