Hola migeneral. Al ser la fecha del contrato ANTERIOR al 9-5-1985 el mismo está sometido a la prórroga forzosa del art 57 LAU 1964. Por lo tanto le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que sus padres aporten, les asesorará sobre si existe alguna opción para resolver el contrato en base al art 114 LAU 1964.
Buenas a todos los foreros...
Mi pregunta es la siguiente: mis suegros tienen un local arrendado desde el año 84 segun mis calculos, solamente tienen firmado un papel con la inquilina en plan compadre. La verdad que no se lo que pone en el mismo. En fin que lleva pagandole lo mismo hace ya muchos años y no se quiere ir no tiene hijos y su marido a fallecido (que es al que estaba el nombre del papel o folio firmado) despues de años diciendole que se vaya, hace caso omiso. Solo dice cuando me jubile, por que esta señora tiene una tienda de ropa y abre cuando le da la gana
Se le puede echar o tienen que esperar mis suegros hasta que esta señora quiera, perdiendo mas de 700 o 800 euros mensuales.
Ruego si alguien sabe del tema me informe que es lo que se puede hacer en este caso..
Saludos/// Fran