Sandri te transcribo a continuación respuesta dada por Virginia a otra consulta que te puede venir muy bien
Autor: virginia Fecha: 23/10/2003
Aunque los contratos son ley entre las partes, y tu estes obligada a cumplir lo pactado, en arrendamientos es mucho mejor llegar a un acuerdo y firmar la resolución del contrato de arrendamiento, porque aunque el arrendador tiene derecho a que tu cumplas el contrato, eso le ocasionaria tanto trastorno que se suele acceder a firmar la resolución, no le interesa que tu te marches sin firmarla porque tendria que iniciar un proceedimiento judicial para recuperar la posesión, y eso es largo y "costoso". El tema de la fianza deberiais intentar solucionarlo lo mejor posible y plasmar la solución junto con la resolución. Ten en cuentsa que te vas antes de lo pactado, así que no intentes ser demasiado exigente.
Tengo un negocio de peluquería de animales y el próximo día 03 de Noviembre lo voy a dejar sin haber finalizado el contrato, ya que este terminaba en Junio, yo anticipé una fianza de 200.000 cuando empezó el contrato y le he avisado con un mes de antelación de que me voy ya que he encontrado otro local más grande y mejor ubicado. Debe de abonarme la fianza que yo adelanté, sino ha habido ningún destrozo en el local a pesar de no haber concluido el contrato?