Hola buenos dias, me encuentro en la ciudad de Madrid, en situacion de calle, y necesito el certificado de empadronamiento, para me atienda asuntos sociales. Y me desempadronaron de la vivienda donde vivia, hay alguna forma de empadronarse estando en esta situacion?. He oido que si hay gente empadronada asi, pero estoy totalmente perdido, y necesito alguien me aclarara.Gracias
lolo0910: el contrato normal es en el que figura:
El arrendamiento se pacta por plazo de un año, dando comienzo el día xx, y finalizando el día xx. Transcurrido este plazo, el contrato podrá prorrogarse si existe acuerdo por ambas partes, por periodos sucesivos de un año, hasta un máximo de cinco años.
Para davekat: problemas podrías tener, es dificil
pero no imposible, ya que estas falseando un documento público, ahora bien a tu amiga no se le puede negar el derecho de empadronamiento, que vaya al ayuntamiento y que esponga el problema
Para Amalur: desventajas fiscales no tienes porqué tener este o no esté empadronado, ahora bien queda bien claro que no declaras a Hacienda la renta que recibes ¿a que es a eso a lo que te refieres?
Hola a todos,
somos nuevos en este foro y estamos encantados con los temas y comentarios que aqui se tratan.
Nuestra duda es la sgte: somos una pareja de esposos que vivimos en nuestro piso, y una amiga extranjera desea que la empadronemos porque donde vive no quieren hacerlo, nosotros no tenemos problemas en hacerlo, ella seguira viviendo donde vive y nosotros solos en nuestro piso solo que ella figurara en nuestro empadronamiento.
Ahora la duda viene en cuanto a desventajes o problemas que podriamos tener...es que nos perjudicaria empadronarla en algo? nosotros queremos ayudarla pero sin perjudicarnos claro...aun no le hemos respondido, esperamos saber si debemos hacerlo.
Muchas gracias a los dos, pero ahora me surge una nueva pregunta después de leer la respuesta de Isolda. Cuando comentas que "habría que ver el tipo de contrato que tienes, si es prorrogable o no....para que el dueño pueda echarte", me da la sensación que das a entender que hay que poner algo en el contrato que refleje el derecho de prorroga por 5 años. Hasta ahora yo tenía claro que la ley de arrendamiento me daba el derecho a prorroga por 5 años más de por si (evidentemente siempre que no inclumpla alguna cláusula del mismo), no teniendo en cuenta el tipo de contrato que hice al principio, ya que que yo sepa es un contrato normal...es decir, no refleja nada del derecho a prorroga por 5 años...De nuevo un cordial saludo.
Como dice Isolda, no hay repercusión fiscal alguna. Y el derecho a estar 5 años aunque tengo contrato de solo uno, es indiferente si está empadronado o no.
amalur, yo tengo inquilinos en un piso, me han pedido empadronarse y yo no he puesto ningún impedimento.
Repercusión fical no tiene ninguna, y al inquilino le facilitas muchos trámites.
Si estás contenta con tu inquilina, cuídala.
Si se empadrona en tu piso y se marcha meses después o años, siempre puedes ir al padrón municipal y actualizarlo, es un mero trámite.
En cuanto a olo0910, no es necesario estar empadronado para ejercer los derechos sobre el arrendamiento de la vivienda, pero al igual que le dije a amalur, te beneficiarias en trámites varios.
También habría que ver el tipo de contrato que tienes, si es prorrogable o no o si se incumple alguna cláusula del mismo para que el dueño pueda echarte.
saludos.
Siguiendo en la misma línea de amalur...agradezco que alguien me responda si de cara a que un inquilino se empadrone, le da más derecho a permanecer en la vivienda por los 5 años mínimos que le permite la ley, aunque el arrendador le haga contrato por un año; o, basta con sólo tener el contrato de arrendamiento para ejercer sus derechos de los 5 años a los que se tiene derecho por ley. Es decir, en caso de que el propietario se arrepienta y me quiera echar1º) yo sólo tengo un contrato de arrendamiento por 1 año, aunque sé que la ley me protege hasta un mínimo de 5 años 2º) pero para que la ley me protega hasta el mínimo de 5 años, tengo que estar empadronado o me basta con tener el papel del contrato y los recibos?
Muchas gracias y un cordial saludo
Tengo 1 piso alquilado a una persona, la cual hasta ahora no declaraba ni se habia empadronado en el mismo.
Ahora me ha planteado que se quiere empadronar en este piso.
Mi duda es, ¿que desventajas fiscales me va a provocar esto de cara a hacienda? y si me opongo a ello ¿ella puede dar por finalizado el contrato de arrendamiento aunque no haya llegado a su fin?
gracias.