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Alquiler y defunción

4 Comentarios
 
06/12/2012 11:50
OK, gracias muchas.
05/12/2012 20:30
Según la vigente Ley de Arrendamiento Urbano, el inquilino puede quedarse en la vivienda hasta un maximo de 5 años. Además, si no se expresa nada por ninguna de las partes, se producirá una prorroga automatica, hasta un maximo de 3 años.
Por lo tanto, si llevas 8, has agotado el maximo legal y el actual propietario puede solicitar que abandones la vivienda.
05/12/2012 18:46
Gracias por contestar...lo miro.
perfil veo
05/12/2012 17:46
¿duración del contrato?
¿cláusula de prórroga?
el nuevo propietario puede no acceder a una nueva prórroga si el contrato no le obliga a ello, pero ha de respetar las condiciones del contrato, incluidas las prórrogas
Alquiler y defunción
04/12/2012 17:45
Hola (y gracias de antemano).

mi duda es la siguiente. Llevo ocho años en una viviendia en alquiler con contrato. El dueño se ha muerto hace dos años. Su sobrino (a quién le ha legado la vivienda) nos ha comincado ahora su intención de que nos vayamos de la vivienda ¿tenemos derecho a quedarnos con alguna condición? ¿debe comunicarlo con antelación? ¿cuánto antes y de qué manera?

Bueno, pues eso. Imagino que tendremos que salir de aquí pero me gustaría saber en qué condiciones y cómo afrontar esta situación...

Gracias por tomarte el ratito de leer esto.