Tu gestor es un incompetente; tienes que ponerte en manos de un asesor y no un gestor.
Gracia, tú tienes toda la razón:
–Los 308 días los has disfrutado tú y tienes una renta inmobiliaria imputada.
–Como inmueble arrendado has de declarar los ingresos y los gastos habidos; el IBI y la amortización serán en proporción a los días arrendados.
Hola a todos.Mi duda es la siguiente: tengo un piso que es 2ª residencia del que disfruté en 2007 hasta que lo alquilé en noviembre de ese año. A la hora de la declaración de renta entiendo que tengo que declararlo como inmueble a mi disposición los 308 dias en que no lo tuve alquilado(casilla de renta inmobiliaria) y el resto como alquiler.
El gestor que me ha hecho la declaración no lo ha visto asi(a pesar de que yo he hecho incapié en ese aspecto), y lo ha puesto como renta de arrendamiento sin tener en cuenta el resto del año. ¿qué es lo correcto?