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alquiler VPP

3 Comentarios
 
Alquiler vpp
06/09/2005 12:33
¿sabe alguien si las viviendas de VPP se pueden alquilar, si estas tienen una antiguedad menor a 3 años?
05/01/2006 13:39
A mi me han concedido una vivienda vpp en regimen de compra y en mi contrato dice que no puedo alquilarla en 10 años. Un saludo
06/01/2006 04:42
Las viviendas de proteccion no se pueden alquilar,,ni especular con ellas al venderlas,,,se les conceden a las personas de rentas bajas para que puedan acceder a una vivienda digna,,,si la vas a alquilar se supone que no la necesitas y por tanto no la tenias que haber solicitado ya que deberia de haberse concedido a alguien que realmente la necesite para vivir,
Estas viviendas son mucho mas baratas que las del mercado libre y se pagan gracias a los impuestos de los demas,,asi que no puede ni debe uno aprovecharse de esa situacion,,,por eso es logico que no se las pueda alquilar ni ganar dinero con ellas,,,el unico uso que se les debe dar es habitarlas el propietario,,,lo otro seria un fraude y una inmoralidad.
perfil Jan
09/01/2006 17:02
«Una vivienda de protección pública (definición que ahora incluye a las antiguas viviendas de protección oficial y de precio tasado), ya sea de promoción publica o de promoción privada, está pensada como residencia habitual del adjudicatario, que está obligado a ocuparla en los tres meses siguientes al momento de su entrega»

Pero aunque las nuevas viviendas de protección no se pueden alquilar a priori, sí que es posible hacerlo una vez descalificadas; es decir, toda VPP tiene una moratoria especificada en el contrato, un número determinado de años tras los cuales es posible venderlas o arrendarlas.

Para saber si se puede descalificar la vivienda de protección que uno posee es necesario conocer la fecha de adquisición (es decir, de calificación) y es conveniente que consulten a algún abogado experto en el tema

Eso sí, hay algunas excepciones en las que es posible alquilar una vivienda protegida, aún sin descalificar, a un precio de alquiler máximo fijado. Todo depende de la normativa a la que esté sujeta.

Hay otra opción muy novedosa: las viviendas de protección pública para el alquiler (VPPA); es decir, inmuebles levantados con la intención, desde un principio, de ser alquilados. «No concede la propiedad, sino la posesión, por lo que, por ejemplo, no se pueden subarrendar»

Al igual que para obtener una VPP, para acceder a una VPPA hay que cumplir ciertos requisitos. Uno de ellos es que los ingresos familiares no excedan en 3,5 veces el salario mínimo interprofesional


Un saludo.