feroalmo, Jan se lo ha explicadom perfectamente, es normativa autonomica, así que si ni siquiera dice de que comunidad se trata...
Acuda al Instituto de la Vivieda, u órgano competente de su comunidad autónoma, allí le ecplicarán el régimen de VPO, cuando se descalifica, si se puede alquilar..., todo.
A ver si pudierais ayudarme. Os comento: Un familiar estaba viviendo en una VPO, pagando sus mensualidades en regimen de propiedad, y faltandole pocos meses para terminar de pagarla resulta que ha fallecido. La pregunta es ¿Sus herederos/hijos pueden alquilar esa vivienda VPO a otra familia?