Si son viviendas, están exentas de IVA. En todo caso, mientras no se haga la partición y adjudicación de la herencia, lo más recomendable es sacar el CIF a nombre de la herencia yacente y que sea ésta la que facture.
hemos heredado de mis padres tres viviendas que están alquiladas a personas físicas, y me gustaría saber si estamos obligados a hacer comunidad de bienes, y en caso de constituirla, estamos obligados a facturas a nuestros inquilinos el IVA