Lo más efectivo es poner una bomba de 5 megatones (por lo menos, y salvo mejor criterio), la cantidad de movimiento que conseguirías aplicar a cada una de los pedacitos serìa realmente importante. Bromas aparte, te recomiendo leer el Capìtulo VIII del TR del 64. (http://www.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r0-d4104-1964.html#c8)
Tengo una vivienda alquilada por la que me pagan una miseria. Esta incluida en los denominados arrendamientos de renta antigua. Me gustaría poder echar a la inquilina. Que supuestos contempla la ley para poder echarla? que puedo hacer?