Tengo un piso nuevo a estrenar, voy a amueblarlo y pienso ofrecerlo en alquiler por temporada, (hasta un máximo de 11 meses) de acuerdo pienso, con la fórmula que ampara la L.A.U. en su TITULO III: DE LOS ARRENDAMIENTOS PARA USO DISTINTO DEL DE VIVIENDA. O sea poder disponer a corto plazo del piso, a la medida de mis conveniencias.
Aparte de lo que pueda entreveer con la lectura de algún modelo de contrato de Arrendamiento de Vivienda Amueblada, quisiera recibir información sobre que aspectos debo tener en cuenta a la hora de incluirlos en el texto del contrato para poder ejercer una verdadera posición de fuerza , por descontado en el sentido legal se entiende, de tal manera que no me vea sorprendido por algún cuestión que pueda perjudicarme frente al posible arrendatario.
Agradeceria comentarios al respecto.
Q el arrendatario preste aval o presente fiadores solidarios para caso de impago.
Q firme asimismo un inventario conforme de todos los muebles q recibe junto al piso y el estado en q se encuentren.
Q en caso de tener q adoptar medidas legales en su contra, los gastos correrán de su cuenta.
Así, a bote pronto no se me ocurren más.
Francamente, opino como Ignacio, si la vivienda no está en una zona turística me parece que tienes bastante complicado hacer un alquiler de temporada como no sea a estudiantes, empresas o en todo caso a trabajadores desplazados temporalmente. La ley es así de proteccionista y la fórmula de los 11 meses es un fraude de ley que no sirve de nada si los arrendatarios establecen allí su vivienda habitual y quieren hacer valer sus derechos. Por cierto para que sea arrendamiento distinto de vivienda da igual que se haga el contrato por 11 meses, 13 meses u 11 años como si quieres hacerlo por fines de semana durante X años. Así es que si quieres tener alguna posición de fuerza real lo primero que deberías asegurarte es que disponen de otra vivienda como domicilio habitual y que además es un buen aval.
Hola Petrus. Coincido plenamente con lo apuntado por los Srs Ignacio y Anónimo. Respecto a la forma de redactar el contrato para no tener problemas en un futuro, la única fórmula es escoger bien al fututo Arrendatario( situación personal, copia de la nómina, copia del contrato de trabajo :si es temporal ,indefinido o fijo, nacional o extranjero,...) y qu el contrato sea redactado por un/a profesional de la abogacía.