Hola, estoy interesada en comprar un piso de un fondo de inversión que tiene un contrato de alquiler social. Quisiera saber si a la finalización de dicho contrato puedo solicitar que los ocupantes desalojen la vivienda o debo continuar haciendo contratos de alquiler social indefinidamente
En principio puede usted comunicar a los inquilinos que tienen que marcharse, pero si no llegan a un acuerdo y usted interpone demanda y la gana puede encontrarse con que no se puede ejecutar el lanzamiento por la suspensión de los lanzamientos para familias vulnerables que hoy por hoy llega hasta el 31 de diciembre del 2024, pero que todos esperamos que vuelva a ampliarse como ha pasado desde el 2020.
Mi consejo evidente es que no compre nada con familias alquiladas dentro, o si lo hace, que tenga muy claro que en principio podría haber mucho riesgo.
Ud. podría decirles a los inquilinos que al acabar el contrato tienen que marcharse, eso es lo normal. Pero aquí viene el lío: si no llegan a un acuerdo y decide ir por la vía judicial, incluso ganando el caso, puede que no consiga echarlos. ¿Por qué? Porque está en vigor una ley que protege a las familias vulnerables y suspende los desahucios. Esto, de momento, dura hasta el 31 de diciembre de 2024, pero no se engañe, que llevan prorrogándolo desde 2020, y ya ve cómo están las cosas... lo más seguro es que lo vuelvan a ampliar.
Por eso, mi consejo es claro como el agua: no compre nada que tenga inquilinos con un contrato social dentro. Y si lo hace, que sea sabiendo que se mete en un posible berenjenal. Comprar así es arriesgarse a que la vivienda le dé más problemas que alegrías.
En octubre de este año el TC derrogó parcialmente la ley 1/2022 en Cataluña sobre la obligación de hacer alquiler social en caso de vulnerabilidad y había entendido que también derrogaba la obligatoriedad de renovar el alquiler social.
Pensaba que el tema de vulnerabilidad afectaba a alargar el proceso unos meses, pero no la imposibilidad de efectuarse el desahucio.
Lo que pasó es que en octubre de este año el Tribunal Constitucional decidió quitarle peso a la ley 1/2022 de Cataluña. Esa que obligaba a los propietarios a ofrecer alquiler social indefinido a familias vulnerables. Pues bien, ahora ya no tienen por qué renovarlo, lo cual era un lío para mucha gente.
Pero no se engañe, porque aunque esa obligación ya no esté, si el inquilino está en situación vulnerable, la cosa no acaba ahí. La ley sigue protegiendo a estas familias, y eso puede retrasar cualquier desahucio. O sea, Ud. puede ganar el caso, pero si el inquilino está protegido por la suspensión de lanzamientos, que lleva desde 2020 prorrogándose, el lanzamiento se paraliza. Ahora mismo, esa suspensión dura hasta diciembre de 2024, y, como están las cosas, no sería raro que la amplíen otra vez.
Resumiendo: ya no tiene que hacer alquileres sociales indefinidos, pero si hay vulnerabilidad, olvídese de un proceso rápido. Esto va para largo.