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Alquiler sin declarar

1 Comentarios
 
03/05/2016 01:55
Esta duda es de derecho tributario, no de arrendamientos. No obstante le comento lo siguiente:
1.- si el requerimiento se refiere sólo a 2014 sólo tiene que declarar lo relativo a ese año, no a los demás.
2.- adicionalmente debe tenerse en cuenta que ya han prescrito todos los ejercicios fiscales anteriores al 2011 inclusive. Por tanto la cosa se reduce bastante más.
3.- Seguro que habrá sancion, pero yo ahora mismo no sé decirle ni cuanto ni el máximo. Eso tendrá que preguntarlo en el foro de Derecho Tributario.
Alquiler sin declarar
02/05/2016 22:30
Buenas tardes,
Dispongo de un piso en alquiler desde el año 2000. Nunca declaré los ingresos asociados al mismo ya que el inquilino no realiza ningún tipo de deducción. Me ha llegado un requerimiento acerca del ejercicio 2014 de la hacienda foral vizcaína, notificándome que en el inmueble consta el inquilino empadronado desde el 2000 y solicitándome “aclarar y declarar lo que corresponda”.
Mi pregunta es si debo tributar los importes percibidos desde origen (año 2000) o hay alguna prescripción de los ejercicios pasados. Si hubiese prescripción, ¿debería declarar sólo los ejercicios no prescritos, no realizando ninguna aclaración adicional?. Realizando la declaración de estos ejercicios, ¿quedaré exento de sanción o se abrirá un expediente?. ¿Cuál sería la sanción máxima?.
Gracias por la ayuda.