Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Alquiler sin contrato ni recibo

5 Comentarios
 
Alquiler sin contrato ni recibo
04/08/2018 21:26
"Hola, voy a relatar mi caso de la vivienda donde vivo actualmente. La vivienda está ubicada dentro del recinto de un almacén, está vallada y puerta con mando, es un bungalow pequeño, al lado hay otro más grande que vive una familia. Todos los meses le pago en metálico a los dueños y no me entrega recibo, esa era la condición que llegamos verbalmente por parte del propietário. Hace un año que vivo allí y todo ha ído correctamente. Ahora me dice que tengo que irme en cuestión de un mes porque quiere poner a unos trabajadores. Cosa que no se habló en ningún momento cuando hicimos el contrato verbal.
Rogaría la manera de proceder ante ésta situación.
05/08/2018 09:54
solferri
Lo primero que habría que saber es si ese almacén está en terrerno urbanizable, porque de lo contrario no sería un arrendamiento urbano, sino rústico, y tendría que consultar en otro foro.
Pero si partimos de la hipótesis de que es terreno urbano, entonces puedo decirle:
1.- que con la Ley en la mano ud. tiene derecho a permanecer en esa vivienda al menos dos años más.
2.- que el problema es la prueba. Ud. no tiene recibos, y por tanto no puede demostrar que está ud. alquilado en esa vivienda. Sólo podría mediante testtficales y testimonios, lo cual nunca es recomendable. Si fuese a juicio es muy probable que lo perdiera. Tenga cuidado.
05/08/2018 19:01
solferri
La única prueba que pudiera valerle es que hubieses dispuesto de su cuenta las cantidades que de forma periódica ha ido abonando en concepto de renta de la vivienda. En cualquier caso, aunque el contrato sea verbal, usted debe ser preavisado de forma fehaciente (burofax con acuse de recibo) por parte del propietario para que pueda hacer valer esa resolución de contrato en juicio.
06/08/2018 16:54
solferri
Y al mandar el burofax, segun lo que se escriba, puede quedar demostrado que esta alquilado
06/08/2018 17:55
solferri
Será más bien de lo que eventualmente se conteste. Lo que se escriba sería una prueba preconstituida y el juez no la admitiría. Pero me da en la nariz que ese casero no va a contestar nada y menos por escrito.
Cuidado con el "optimismo": el consultante se está jugando una demanda de precario y la cuantía y por tanto las costas son "respetables". Cuidado, que no tenemos pruebas vaya a ser que por arriesgarnos acabemos escaldados.
07/08/2018 16:28
solferri
Efectivamente me he explicado mal, lo que queria decir que el efecto que resultase del burofax si podria valer