Disculpe por las horas a las que escribo , suelo madrugar muchisimo . Uso el PLURAL porque el casero tiene 82 años y necesita que ALGUIEN le ayude con los temas del piso y entonces siempre confio en mi . Yo soy quien esta siempre en TODO por delante porque soy asi de principios , lo hago en todas partes hasta con un ciego en la calle o una señora , me gusta ayudar a cambio de NADA . Los problemas que siempre tenemos en el piso es por el asunto de la LIMPIEZA , hay algunos y algunas que NO limpian y complican mucho la convivencia , el CASERO esta delicado de salud y NO quiere problemas . Yo los echaria del piso porque a veces me toca LIMPIAR a mi lo que dejan los demas porque me da asco ver las cosas asi , pero es lo que hay . Siento mucho si le molesto con este tema mas de la cuenta y agradezco su colaboracion .
Mi primer consejo es que usted no se implique. No use el plural. -"¿qué medidas debemos tomar?" No asuma usted innecesariamente esa responsabilidad.
En un contrato de habitaciones, como considero que es el suyo, cada chica que llega paga por SU habitación la renta que ha pactado con EL casero. Y da lo mismo si el que estaba antes pagaba el doble, o la mitad.
Cualquier otra interpretación supondría que usted es el arrendatario, y que subarrienda las habitaciones, lo que a la postre implica que le harían responsable del monto total de la renta tanto si los subarrendatarios pagan como si no.
En cuanto a qué debería hacer EL CASERO si alguien no paga, mi consejo sería que instase el desahucio de ESA persona.
NO , me explico mejor . Habiamos 4 chicos y se fueron dos , una de las habitaciones tenia un precio muy por debajo de lo normal . Entonces hable con el dueño y le dije : ahora hay que subir el precio de esa habitacion e incluso regular las demas , el chico que sigue aqui , el dueño y yo nos pusimos de acuerdo y las chicas sin saber nada ya entraron con los nuevos precios , han pagado el primer mes pero como estan todos en contra mia quiza el chico les haya dicho esto y podriamos encontrarnos que las chicas quieran pagar lo anterior , espero ahora haberlo explicado mejor .
Si esas chicas y tú, con el consentimiento del dueño, habéis pactados los precios actuales, tendrán que pagar esos precios, independientemente de lo que hayan pagado inquilinos anteriores. Ha habido un contrato, sea verbal o escrito, a esos precios pactados
Otro asunto , hace dos meses se fueron del piso dos chicos y entraron dos chicas , los precios de las habitaciones se modificaron porque estaban al gusto de los inquilinos que se fueron en Junio del 2020 . El mes pasado ya todos pagamos los precios actualizados con el consentimiento del dueño que me dio a mi , me dijo tu eres el responsable y cambia precios . Que pasa si se enteran las dos chicas nuevas de los precios anteriores y pagan lo antiguo ? , pueden hacerlo ? , gracias
En Barcelona, la Audiencia Provincial considera que el alquiler de habitaciones NO está sujeto a la LAU sino al Código Civil. Véase SAP Barcelona Sec. 4.ª, de 1 de febrero de 2010; otras sentencias, incluyendo del TS, en este hilo:
Por lo tanto usted no tiene derecho a los cinco años de prórroga legal a su favor que establece la LAU en su art. 9.
En cuanto a las revisiones, si el primer recibo es de junio, yo considero que es en ese mes cuando se realizarán las mismas. En cuanto al plazo, en principio el art. 1581 CC parece indicarnos un plazo mensual, pero veo factible remitirnos a un plazo anual apelando a la costumbre del lugar, aunque claro, esto no es una total certeza.
Muchisimas gracias . Segun la nueva ley el contrato se extiende 5 años mas revisable cada año y aqui mi preocupacion , de que fecha a fecha anual se revisa y que pasa si el dueño dice , TENEIS QUE SALIR DEL PISO , gracias y mucha salud os deseo a los que me contestais y dedicais vuestro tiempo .
En primer lugar le anticipo, para su tranquilidad, que usted tiene un ocntrato, y que es legal. Usted tiene un contrato verbal y la forma de demostrarlo es conservar los recibos del pago del alquiler durante esos dieciseis meses (y la testifical de vecinos, y el empadronmaiento, y la dirección facilitada al Banco, al trabajo, y a la Seguridad Social).
Según la provincia, por ejemplo en Madrid, los tribunales entienden que el contrato de habitación no está sometido a la LAU, sino al Código Civil. De todos modos eso da lo mismo, porque en uno y en otro caso las causas de resolución del contrato están tasadas (por ejemplo, impago) y nadie le puede echar de un piso arbitrariamente.
Tómelo con tranquilidad y deje que esa mala persona haga lo que quiera: su juego acabará descubriéndose sólo. Usted limítese a pagar el alquiler y a comportarse razonablemente con todos.
Llevo compartiendo vivienda 16 meses , son 4 habitaciones y soy el mas antiguo . La cuestion es que el contrato que tenemos debe ser verbal porque NO hay contrato legal a nombre de los que estamos ahora . Para el dueño yo siempre he sido el responsable pero no me defiende cuando hay conflictos . Ha entrado una chica ahora que es toxica y me esta complicando la vida para echarme del piso de cualquier forma , ya me ha puesto a los demas en contra tambien . Mi pregunta es , como debo defenderme ? , yo no le hablo a nadie para evitar problemas pero ellos buscan la forma de demostrarle al dueño que soy un problema en el piso , como pueden hacer para echarme ? , gracias