Buenas tardes,
Nos gustaría que nos informaraís de los cambios habidos en la legislación, efectivos desde Enero, como afecta al siguiente supuesto:
* La empresa ha alquilado una vivienda y la ha puesto a disposición de un empleado. El alquiler será abonado integramente por la empresa durante el periodo de un año.
* Entendemos que debe ser considerado a efectos de base de renta la cantidad integra que anualmente se va a abonar por esta renta (que no existe ya la limitación del 10% de salario bruto como hasta 2012)
Nuestra duda es, ¿se puede seguir considerando como retribución en especie, aunque la cantidad sea la total?, si es asi ¿ puede seguir asumiendo la empresa el ingreso a cuenta sobre retribuciones en especie, declarándolo como más ingreso del empleado a efectos del certificado anual de rendimientos del trabajo?