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alquiler registro

4 Comentarios
 
31/10/2007 18:21
Es que también me han comentado algo sobre registrarlo a la Camara de Comercio, u algo así, Camara de la Propiedad Urbana.
No sé!
perfil Jan
31/10/2007 13:35
Hola suggar. Si te refieres a registar el contrato de Arrendamientoen el Registro de la Propiedad, los efectos que produce son frente a terceros.( compraventas, subastas judiciales...).

Su acceso al Registro de la Propiedad está regulado en la Dusposicición Adicional Segunda LAU 1994.

Asímismo los requistos para que un contrato de Arrendamiento pueda acceder al Registro de la Propiedad los encontrarás en el real Decreto 297/1996 de 23 de Febrero.

Un saludo.
31/10/2007 11:03
Gracias maramur.
No acabo de entender lo de hacienda, porque un contrato privado que hay una renta a pagar, más impuestos, es decir IVA y IRPF, ya es suficiente para Hacienda, ¿no?
30/10/2007 21:21
El contrato privado es perfectamente válido. Para darle un carácter de más solemnidad, si es deseo de las partes puede ser registrado, pero evidentemente es un documento que va a tener relevancia de cara a las Administraciones públicas y por tanto para hacienda.
Alquiler registro
30/10/2007 13:48
Un contrato de alquiler entre dos particulares ¿tiene validez, no?
Pero ¿tiene que inscribirse?

Esa inscripción ¿se puede hacer después de haber firmado el contrato entre particulares?

¿tienen que estar deacuerdo ambos a la inscripción?
¿que efectos produce?