Gonzalez de aguilar, NO, aunque vayamos por partes:
Como dice enderbury21 el usufructo vitalicio se extingue con el fallecimiento del usufructuario. Mientras éste viva puede arrendar la vivienda y establecer en el contrato las cláusulas que considere convenientes. ¿Podría hacer un contrato de arrendamiento vitalicio? Sí, como poder puede, pero no tendrá validez lo de "vitalicio", pues en el momento en que fallezca el usufructuario, todos los derechos de uso y disfrute regresan al propietario y éste podrá decidir si continua con el contrato de alquiler, si desiste de ése y hace uno nuevo o si directamente desiste del arrendamiento.
Por tanto, aunque se haga dicho contrato con caracter vitalicio, en el momento en que el usufructuario fallezca, el mismo podrá extinguirse.