Hola canon. En el caso expuesto al no necesitar la futura arrendataria la vivienda como permanente, usted debe realizar un contrato de arrendamiento de uso distinto al de viviebda(temporada). Le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos.
Si desea contactar conmigo visite nuestra web http://letradosalquileres.es.tl o envié un email indicando su nick de esta página y el texto de la consulta a una de estas dos direcciones: armandogarcia@ical.es o a letradoalquileres@hotmail.com