Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Alquiler local

4 Comentarios
 
Alquiler local
28/11/2009 10:43
Buenos días.

Un particular nos quiere alquilar un local a unos particulares, es decir, que no vamos a usar el local para ninguna actividad profesional. El local se nos queda en 400 euros, pero dice que a eso hay que sumarle el IVA, pero creo saber que al ser nosotros particulares no se nos tiene que cobrar IVA, ¿es así? y que luego el tiene que declarar el 18%,pero eso es cosa del propietario y nosotros no tenemos que pagar nada, ¿no? también dice que tenemos que pagar el seguro del local, pero me gustaría saber si eso no lo tiene que pagar el propietario, y por último que tendríamos que pagar dos meses de fianza, que eso posiblemente si sea verdad.

Muchas gracias

Un saludo.
02/12/2009 14:59
Si se trata de un local comercial debéis abonar el IVA. No es una vivienda, en cuyo caso habría que abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Por lo que respecta al 18% de deducción, la tenéis que hacer vsotros sobre los 400 euros de alquiler e ingresarla en Hacienda trimestralmente mediante el modelo 115.

El IVA lo debe ingresar el arrendador aunque vosotros debéis abonárselo previamente.

En resumen, debeis pagar 400 IVA (464). De ellos, al arrendador debeis abonarle el IVA de los 400 (64 euros) 328 euros = 392 euros. En Hacienda debéis ingresar la retención del 18% sobre los 400, o sea, o sea, 72 euros.
02/12/2009 18:07
Respcto al IVA estoy de ecuerdo con lo anterior, ya que el arrendador de local se asimila al empresario o profesional a efectos del IVA y debe repercutir IVA.

Pero entiendo que no estas obligado a practicar retención a no ser tu empresario o profesional.Debes pagar la renta IVA.
02/12/2009 22:15
muchas gracias a los dos, yo no soy empresario ni profesional, soy estudiante y no tengo ingresos, así que supongo que el 18% a hacienda se lo tendrá que pagar el arrendador?
03/12/2009 09:04
Estoy de acuerdo con lo que dice Abogados pero es uqe resulta extraño que alguien alqulole un local comercial y no sea empresario o profesional.

De todas maneras, con retención o no (al final vas a pagar lo mismo), debes pagar tú el IVA y no el arrendador pues eres el consumidor o usuario final del producto. No hay alternativa.