Hola a todos/as: algunos vecinos quiere alquilar un local que pertenece a la comunidad ¿qué mayoría necesito para que se pueda hacer? ¿implica que la comunidad tenga que presentar algún impuesto?, cosa que ahora no hace porque no tiene ningún ingreso aparte de las cuotas de los convecinos. Entiendo que se necesitaré un contrato de alquiler. Muchas gracias
A su vez la Comunidad deberá realizar las liquidaciones de IVA correspondientes y el arrendatario las retenciones de IRPF. Según la administración tributaria los ingresos provenientes del arrendamiento acrecentarán la base imponible de cada condueño según su cuota. A tales efectos la Comunidad elaborára un certificado de ingresos para cada propietario. Dicho certificado podría contener solo los ingresos netos y acumulables a la Base Imponible, aunque sería más adecuado que contuviera ingresos brutos y gastos deducibles.
Hacienda acepta la deducción prorrateada de ciertos gastos. P. ej. Si el local contribuye a gastos de luz de escalera es ajustado deducir en la declaración de IVA la parte proporcional imputable al local.
Por cierto. Me gustaría me indicaras como realizais el recuento de asistentes en las actas. Si puedes contestamente en un tema propuesto por mi, Ignacio, que se titula "representación en junta de local de la comunidad", o algo parecido, gracias.