Buenos días, tenemos en las manos el contrato de alquiler de un local comercial, en el que hay una cláusula que dice textualmente: "El arrendatario renuncia a toda clase de indemnizaciones por extinción, cancelación, conclusión y por resolución anticipada del término convencional del contrato y a las fijadas en el art. 34 de Ley de Arrendamientos Urbanos".
Si no quieren quitarlo del contrato, tengo que aceptarla? o como la ley dice otra cosa esta cláusula quedaría sin efecto??
El lunes 17 firmamos el contrato, gracias.