Buenos días, he estado 5 años de alquiler desde 2016 a 2021. El contrato se firmó sobre papel timbrado y tenia duración de 1 año.
En este caso el impuesto se considera pagado con el papel timbrado, es correcto? Y para los años siguientes, tenía que liquidar con modelo 600? Me parece que a partir del 2019 está exento el alquiler de habitación habitual: en este caso se aplica también a los contratos firmados anteriormente o no?