hola, además de lo dicho sobre el ITP, si se ha alquilado a través de una inmobiliaria, ésta cobrará una comisión (posiblemente un mes de renta) y a esa suma le añadirán el IVA. Es la práctica habitual de las inmobiliarias, que suelen cobrar comisión a ambas partes, aunque por ejemplo en Cataluña está prohibido y solo debe cobrarse a una de las partes. saludos.
No existe ningún porcentaje a aplicar, existe una escala de tarifas que se aplican en función del precio total del contrato de arrendamiento, las comunidades autónomas tienen la potestad de aplicar esta tarifa.
Los arrendamientos de inmuebles exentos de IVA están sujetos al ITP. Artículos 7.5, 10.2.e y 12.1 de la Ley del ITP (Real Decreto Legislativo 1/1993):
http://www.meh.es/Documentacion/Publico/NormativaDoctrina/Tributaria/Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos juridicos documentados/RDL_01-1993.pdf
El sujeto pasivo es el arrendatario, aunque el arrendador es responsable subsidiario del pago cuando recibe el primer plazo de la renta sin exigir la justificación del pago del ITP.
Me gustaría saber qué porcentaje paga el ITP en este tipo de operaciones. Presumo que andará próximo al 0,000001%.
También discrepo que lo tenga que asumir el arrendatario cuando afecta a ambas partes. A lo sumo será negociable y ya sabemos que, probablemente, se lo repercutirán al inquilino pero no se puede aseverar, a priori. Humildemente.
El inquilino, arrendatario, debe pagar la renta, la fianza y otros gastos como electricidad, agua, gas y según pacto con el propietario, comunidad, IBI u otros gastos que pacten.
El ITP, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, es un impuesto que debe hacerse efectivo a hacienda y debe asumirlo en arrendatario.
Por ejemplo: un alquiler mensunal de 500 €uros por un periodo de 1 año, el impuesto a pagar asciende a la cantidad de 30'77 €uros.
Tenía entendido que el arrendador tiene que declararlo (I.R.P.F.) y que el inquilino aparte todos los gastos que le repercutan no debe soportar ningún otro.
El alquiler de vivienda habitual está exento de IVA, pero debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) cuyo importe viene determinado por el precio del alquiler.