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Alquiler indefinido y recuperación de piso

4 Comentarios
 
Alquiler indefinido y recuperación de piso
23/09/2006 20:14
Buenas tardes a todos, a continuación expongo el caso que nos preocupa desde hace varios años a mi y a mi familia.

Mis padres, dos jubilados de mas de 70 años, tiene un piso alquilado hace mas de 20 años con un contrato, evidentemente, INDEFINIDO, maldita la hora.

Mis padres perciben mensualmente 132.34 euros por el alquiler del piso y ellos, aunque por contrato figura que la comunidad la debe pagar el inquilino, pagan 30 euros en concepto de comunidad. ( mi padre, un señor de palabra, cuando realizo el contrato dijo que la comunidad corría a cargo suyo y así lo mantiene).

Mi hermana, una “joven” de 38 años vive con mis padres y quiere emanciparse.
Mis padres quieren el piso alquilado para mi hermana pero un abogado les ha dicho que será muy difícil “rescindir” el contrato para que mi hermana pueda disfrutar algo suyo.

¿Es verdad que ni siendo el piso para un hijo tuyo los inquilinos se deben de ir?

Mis padres incluso se han planteado vender el piso con el inquilino dentro, cosa que evidentemente supondría “regalar” el piso (realmente no se si se puede vender un piso que tienes alquilado) y con el dinero que obtengan ayudar a mi hermana a comprar un piso.

¿Existe alguna forma real de recuperar algo que es de tu propiedad?
¿Alguien sabe si habra futuros cambios en la legislación vigente con respecto a este tipo de contratos?
¿Existe la forma de actualizar la renta que mis padres perciben por el alquiler del piso?


¿Alguien me puede aconsejar?

Mil gracias
24/09/2006 00:52
Ni se os ocurra venderlo. No sé a qué se refiere tu abagado; tal vez a la posibilidad de que el inquilino se oponga y la cosa acabe en los tribunales. Da lo mismo; tal como lo cuentas, sólo tendríais que pasar el trago de esperar año o año y medio, pero en lógica tu hermana podrá recuperar el piso, y puede que el inquilino tenga que pagaros incluso costas.
24/09/2006 11:15
veo muy complicado vuestro tema , y necesariamente la intervencion un abogado especializado en arrendamientos urbanos .Lo mejor es acudir a Catedraticos en esa especialidad que ejerzan con despacho privado.Por supuesto una vez más confirmamos que en España es mejor no alquilar , porque se te va el dinero en abogados para defender un derecho que no debería llegar a los juzgados.
Independientemente de esto se me ocurre una cosa , que pasaría ¿ si tus padres le donan a tu hermana intervivos (antes de morir) , el piso en su totalidad , ella pasaría a ser la nueva propietaria y por tanto podría ejercer la claúsula de necesidad que impone la LAU para poder echar a los inquilinos.???No sé si se podría , pero consultalo.
Siento no poder ayudarte en más , pero todas las demás cosas serían conjeturas que te pueden despistar y es necesario poder ver el contrato antes.
24/09/2006 16:08
Buenas tardes,

Lo primero daros las gracias tanto a butter como a rascaypica por el interes mostrado.

A ti rasaypica te debo decir que lo que propones ya se nos ocurrio pero nos dijeron que seria "actuar de mala fe".

De todos modos vuelvo a daros las gracias y si animo de abusar de vuestra gratitud...¿conoceis a algun abogado bueno en Barcelona que nos pueda asesorar?????

Gracias nuevamente.
25/09/2006 01:38
¿Qué necesidad hay de donociones? Los propietarios pueden reclamar el piso para sí mismos o para cualquier descediente, y tu hermana es hija de tus padres. En principio, si ni tus padres ni tu hermana disponen de otras propiedades habitables en la misma localidad, la necesidad de tu hermana se impone y la reclamación ý el éxito de la misma no deberían ser más que un trámite, un pelín farragoso, eso sí, pero trámite al fin y al cabo.

Salvo mejor opinión.