Buenos dias. A ver si podeis ayudarme. Una buena amiga mia alquilo un piso hace un mes. Ya dentro,despues de la mudanza, de pagar la fianza y el primer mes, el dueño del piso les dice que ha hecho una dacion en pago y el piso se lo ha quedado el banco. Se puedn imaginar ustedes el mal trago. El dueño se ha desentendido y les ha dicho que si quieren que no le paguen...
Siendo el piso del banco, como pueden actuar? Me imagino que tendran que denunciar al tipo este por mala fe. Les devolvera la fianza? Y que pasa con todos los costes que le ha ocasionado la mudanza?
Ademas, mi amiga esta separada con una hija a su cargo y para legalizar el tema de las pensiones a su hija necesita empadronarse. Ha ido al Ayuntmiento y le han dicho que el Ibi no esta vigente, pues el tiparraco estetampoco ha pagado el Ibi, y que si no esta pagado, el Ayuntamiento no las empadrona...
Mi amiga que no quiere tener que estar denunciando y de abogados me pregunta si es posible hablar con el banco, que ahora es el dueño, para ver si respeta su alquiler y pagarle lo mismo que le pagaban al ex dueño.
Pero yo pienso que se han quedado en tal situacion de indefension que el banco, si quisiese, les podria hasta desahuciar...
Como piensan ustedes que debe actuar mi amiga para resolver cuanto antes esta situacion?
Proteje la LPH y el codigo civil a los inquilinos en algo en estas situaciones?
Lo que esta claro es que el anterior dueñ ha actuado de mala fe, ocultando las cargas que pesaban sobre la casa a favor del banco.
Muchas gracias de antemano
hotwheels: supongo que su amiga no ha inscrito el contrato de alquiler en el registro de la propiedad.
Si es así, el banco es el nuevo propietario del piso, pero no tiene por qué respetar el alquiler de su amiga. Lo más recomendable es que su amiga se ponga en contacto con el banco y aclare la situación.
Como parte positiva le interesa saber 1) que si el banco decide no respetar el arrendamiento, su amiga tendrá derecho a permanecer 3 meses en la vivienda como plazo de tiempo para mudarse y 2) que además puede pedir al casero vendedor indemnización por los daños causados.
Coincidiendo con lo expuesto por leonjbr, cuando hable con la entidad financiera no estaría de más que se informase cuando se ha formalizado la dación de la vivienda.
Dependiendo la fecha en que se haya realizado se podría estudiar el caso para una reclamación en responsabilidad civil por daños.