Actualmente estoy residiendo con mis hijos en un piso que es ganancial. Dentro de dos años me tego que ir a vivir a otro piso que es de mi propiedad , y durante esos dos años quiero tenerlo alquilado.
No se si la Ley me obliga a alquilarlo por plazos de un año hasta completar 5, o en mi caso, que tengo una sentencia Judicial puedo usar este piso sin ningun problema, indicando este hecho en el contrato o sería preferible hacer contratos de alquiler por temporada, por ej. estudiantes.
el piso que actualmente estoy, sea usado alternativamente por uno y otro ex conyuge hasta la liquidacion de la sociedad ganancial.
Hola Noberto. Usted puede alquilar el piso de su propiedad( el que no es ganancial). Si usted lo desea puede hacer un contrato de arrendamiento de vivienda incluyendo una cláusula de necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí.
Para formalizar el contrato, le recomiendo que acuda a un profesional de la abogacía.