Hemos firmado un contrato de alquiler estandar de un año prorrogable hasta cinco.
El piso es propiedad de una señora muy mayor que esta en un geriatrico y su salud es delicada y los hijos nos dicen que podremos vivir alli solo mientras la madre viva ya que luego lo querran vender,,en mi contrato no dice nada de vivir alli solo mientras la dueña viva,,en caso de que le pasara algo a la dueña,tendran los hijos derecho a echarme o deberan respetar los cinco años?
Un vez fallecida la madre, y los hijos hayan procedido a la testamentaría, es decir sean dueños registrales, deben respetar el plazo de cinco años.
Ese plazo quedaría interrumpido en el supuesto de que necesitasen la vivienda para vivir no para venderla.
¿Firmo el contrato estando en el geriatrico o antes?.
Si lo firmo estando en el geriatrico, sin conocimiento de los hijos, tengo mis dudas si los hijos en su dia podrian alegar incapacidad.
Es una opinion.