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Alquiler del 01/07/1990

2 Comentarios
 
perfil Jan
10/03/2010 17:37
Hola Malome. Le aconsejo que lea con detenimiento la Disposición Transitoria 1º LAU 1994 para obtener una orientación respecto a su primera pregunta.

En cuanto a las restantes estoy de acuerdo con el Sr ABQ.

Reciba un cordial saludo
perfil ABQ
08/03/2010 22:03
REspecto de la primera pregunta no la entiendo muy bien. ¿por qué no iban a poder extinguirse? En cuanto al pago, recientemente el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia "unificando doctrina" que admite la resolución del contrato por retraso en el pago. Por supuesto, si enerva una vez, no puede hacerlo otra.
Alquiler del 01/07/1990
08/03/2010 21:56
Quisiera saber si algun dia los contratos de locales comerciales celebrados el 01/07/1990,podran extinguirse con nuevas leyes y si el inquilino no paga la renta en los 5 primeros dias del mes tambien es motivo para demandarlo y a la 2ª vez puede ser motivo para la extincion.Espero respuesta y gracias anticipadamente.