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Alquiler de vivienda no habitual

4 Comentarios
 
Alquiler de vivienda no habitual
07/01/2008 18:49
Hola:

Quiero alquilar un piso de mi propiedad. Si el inquilino no lo va a usar como vivienda habitual, y se especifica en el contrato, ¿también tiene la duración mínima de 5 años?

¿Qué pasaría si durante la vigencia del contato el piso pasara a ser, de facto, su vivienda habitual?
perfil TN
08/01/2008 12:04
Y por qué dices que no será su vivienda habitual?

Es que fuera de suspuestos de alquiler por periodos vacacionales o el contrato de temporada estudiantil, hay muy pocos supuestos más que permitan que sea de temporada y no de vivienda habitual.
perfil Jan
08/01/2008 18:47
Hola Helenio. Si lo que desea es arrendar su vivienda de forma temporal le aconsejo que busque futuros arrendatarios que NO la necesiten com vivienda permanente y habitual.Vg Trabajadores de otras ciudades, estudiantes, personas que buscan un lugar para pasar temporadas o vacaciones...

En estos casos, haciendo constar la cisrcunstancia por la cual necesitan la vivienda de forma temporal, la duración del contrato será la que estipulen las partes, sin estar sujeto a la prórroga de 5 años del art 9 LAU 1994.

Reciba un cordial saludo.
08/01/2008 19:59
Supongamos que consigo un inquilino así, y que se pone en el contrato. Pero posteriormente se empadrona en el piso y tiene hijos que viven allí.

¿Entonces serían 5 años o no?
09/01/2008 16:02
La duración mínima legal de la prórroga forzosa que se establece en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1.994 es hasta 5 años. Lo mire como lo mire.

Todo ello salvo el caso de los arrendamientos de temporada. Que por lo que veo no es el caso.