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Alquiler de vivienda junto a nave industrial

3 Comentarios
 
Alquiler de vivienda junto a nave industrial
perfil pcg
19/03/2007 10:16
Hola a todos.
Hace un año alquilamos una casa en un pueblecito de Murcia en zona de huertas que está lindando tabique con tabique con una nave industrial (incluso hay una puerta de paso de la vivienda a la nave).
El propietario de la vivienda también lo es de la nave y a nosotros nos dijo que no se utilizaba más que de almacén, pero llevamos al rededor de un mes que la a alquilado y se la está dando un uso industrial con puentes grúa, corte de hierro, etc.
La casa tiene un patio trasero al que se tiene acceso desde la vivienda y desde la nave y a los dos nos ha dicho lo mismo que lo podemos utilizar, de hecho nosotros lo estábamos limpiando poco a poco, hemos plantado algún arbolito, y no es lo que acordamos con el propietario
¿Pueden utilizar esa nave para trabajar teniendo una vivienda al lado? Si es así ¿pueden trabajar los sábados y domingos?
Nosotros no nos queremos ir de allí ya que es económica y una zona muy tranquila, le vamos a reclamar pero nos cumple el primer año de contrato el 24 de abril ¿nos puede echar de la casa?
Gracias

perfil Jan
20/03/2007 17:04
Hola pcg. Voy a intentar responder a su consulta por orden de aparición de las preguntas que formula:

1)"¿Pueden utilizar esa nave para trabajar teniendo una vivienda al lado?". En principio sí podría hacerlo si la nave cuanta con la licencia administrativa oportuna para desarrollar la actividad a la que se dedique.

Otra cosa distinta es el hecho de que su Arrendador les comunicara que la citada nave SOLO se utilizaría como almacén.Imagino que se lo diría de palabra y que no consta por escrito tal afirmación.

2)"¿pueden trabajar los sábados y domingos?". Dependerá de la actividad que se desarrolle en la nave.

3) "Nosotros no nos queremos ir de allí ya que es económica y una zona muy tranquila, le vamos a reclamar pero nos cumple el primer año de contrato el 24 de abril ¿nos puede echar de la casa?". Para responder a esta útima pregunta necesito que aporte los siguientes datos:

a) Si se trata de un Arrendamiento Urbano o Rústico.

b) En caso de ser Urbano. Si el contrato es de Vivienda o de Uso distinto al de Vivienda( Temporada)

c) Plazo de duración inicialmente pactado.Vg,1 año. 8 meses...

Un saludo.

perfil pcg
21/03/2007 09:09
Gracias por responderme, te cuento:
a) No pone nada de arrendamiento Urbano o rústico.
b) En el momento del aquiler (en abril pasado) era para vivienda habitual, mi marido y yo nos separamos y se fue a vivir a otra provincia, después hemos vuelto a reanudar la relación y vamos algunos fines de semana)
c) La duración es de un año prorrogable hasta cinco.
Notas:
La actividad no se exactamente cual es pero el otro día estaban fabricando una pieza de 3 metros de altura otros tantos de anchura y más de diez metros de longitud, tenía que ir a recogerla un camión góndola.

Gracias
perfil Jan
22/03/2007 17:34
Hola pcg. Gracias por responder a mis preguntas.

Por los datos que me ha facilitado intuyo, pues sin el contrato delante no puedo afirnarlo, que se celebró un contrato de Arrendamiento Urbano de Vivienda,aunque el hecho de que ustedes lo utilicen(por lo que ha dicho) sólo algunos fines de semana PODRÍA DAR LUGAR A QUE SU ARRENDADOR INSTARA LA RESOLUCIÓN DEL MISMO,en base al art 27.2.f) LAU 1994.

Le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía quien, con el contrato,documentos y datos que usted aporte, le asesorará sobre las opciones legales que pudieren asistirla.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.