Hola en el mes de enero de este año 2020 formalicé un contrato de un piso como segunda vivienda en la playa para poder viajar durante todo el año con mi marido y mi hijo y particularmente en semana santa, fines de semana y por supuesto ya que estamos jubilados pasar allí desde junio hasta septiembre..ya que la casa la tenemos por un año.
La realidad es que sólo hemos podido viajar dos veces una en enero y otra en febrero con la semana blanca..pero ahora justamente con el estado de alarma decretado y la difícil situación que se nos presenta mi consulta es si puedo hacer algo para que mi casera me rebaje el precio del alquiler o condonar los meses que la pandemia nos obligue a estar confinados o de otro modo extinguir el contrato muchas gracias..
Si, esa obligación del pago de la renta subsiste, se han aprobado ayudas, no es que se haya suspendido esa obligación; y evidentemente el casero puede reclamar a los avalistas.
Usted tiene dos opciones:
Pedir la ayuda "ICO", prevista en el art. 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo y que, como todos los préstamos avalados por el ICO, se tramitan en los Bancos. Acuda a su entidad financiera. Es una préstamo sin intereses y lo puede devolver en seis e incluso en diez años.
Pedir la ayuda del art. 10 de mismo texto, que tiene la ventaja de que no hay que devolverla, se tramita en los organismos de vivienda de las CCAA.
O solicitar esta otra ayuda del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agencia Urbana, también a través de su CCAA:
Vivo en alquiler en un piso de 600 euros y me han hecho un ERTE y no me llega el dinero para pagar el alquiler pero, el dueño dice que en el caso de no pagar , él iría contra los avalistas, ¿en esta situación puede hacer eso?.
Yo quiero pedir la ayuda Ico para el pago de alquiler y demás suministros básicos y, les agradecería muchísimo que me dijeran como solicitarlo, pues por más que lo busco no doy en como solicitarlo.