Para la celebración de un contrato de arrendamiento de finca rústica, no es necesario la intervención de un tercero, ya sea un notario o cualquier otra persona.
El contrato es perfectamente válido si lo firma el arrendador y arrendatario. En cuanto a las cláusulas, te informo que deben ser conforme a la ley a los buenos usos y costumbres, nada de abusivas.
Busca por google un formulario de arrendamiento de fincas rústicas que te pueda servir.
No tengo mucho conocimiento sobre temas y lingüistica legal así que voy ha hacer mi consulta con vocabulario coloquial que seguro me expresaré mejor :-D
Resulta que tengo en propiedad un terreno de varias hectareas al cual no le estoy sacando partido alguno y me han recomendado que realice un alquiler del mismo por metros cuadros incluyendo agua y una pequeña caseta para el almacenaje de herramientas.
Es una idea que me resulta atractiva pero a la hora de realizar un contrato me surjen algunas dudas.
Si yo hago un contrato en casa con las clausulas que me interesarían a mí y al arrendador y lo firmamos sin presencia de un notario ni otra personalidad de este tipo, es decir, estando los dos solos, ¿El contrato sería válido o tengo que reflejar en algún sitio que esta persona y yo mantenemos un contrato de alquiler?
Necesito saber si un contrato así es legal o no por si existiera un impago poder reclamar o si la persona por algún motivo me denunciara si ese contrato me serviría de prueba.