Hola Yacare2012. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le indicará la mejor forma de proceder.
Tengo un local de renta antigua, con fecha de julio 1980. En marzo de 1994 se subrrogo al hijo del inquilino. En 1995 se le actualizó la renta solo con las subidas del IPC de todos esos años. La renta sigue siendo irisoria. Quisiera saber si es correcto actualizar esta renta con solo el IPC, y si este contrato está dentro de la categoría de los que finalizan a los 20 años de la fecha de subrrogación, como he leído en este foro.
Hola raquelm. El plazo será de 3 meses a contar desde el fallecimiento de su abuela, ya que su prima no tiene derecho a subrogarse en el contrato de arrendamiento.
Buenos dias, mi prima vive con su abuela en un piso arrendado de renta antigua, mi prima lleva ya tres años empadronada alli. Cuando mi abuela falte ¿cuanto tiempo tiene para buscar una nueva vivienda? ya que es la abuela la titular del contrato