Un poco extraño....Pero el mes que le toque al propietario del piso podrá estacionar en esa plaza quien el lo considere oportuno (ya que sería como si le perteneciese durante ese mes) ya sea el, amigos.....o en este caso evidentemente la persona que tiene alquilada el piso. O al menos eso es lo coherente, otra cosa es como se haya establecido anteriormente en los estatutos de la comunidad, ya que lo de plazas rotatorias no es algo que venga definido de inicio por no ser algo habitual.
Pues si le soy sincero eso quien mejor deberia saberlo es usted, dado que como es normal, obrara en su poder la documentacion de cuando se aprobo.
Nosotros no podemos opinar sin ese documento
En mi comunidad disponemos de 8 plazas de garaje comunitarias, adjudicadas mensualmente en turno rotatorio. Si un vecino que tiene alquilado su piso, pretende que el mes que le corresponda la plaza de garaje por turno, la disfrute el inquilino, ¿ puede hacerlo?, o al ser plazas comunitarias no podría hacerse así?