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alquiler de piso

2 Comentarios
 
Alquiler de piso
24/04/2015 10:46
ok, tengo que alquilar un piso a alguien.

Que me impide poner las cláusulas siguientes en el contrato para protegerme contra impago:

El contrato es de una duración de dos meses, se prórroga automáticamente cuando ambas partes estén de acuerdo.
En caso de impago de alquiler, luz, agua o gas, el in inquilino autoriza directamente por la presente al propietario terminar los contratos previo aviso por carta certificada mandada siete días antes (fecha y sello de correos dan fe) sin mas condiciones ni requerimientos. También autoriza al dueño de entrar en la casa en estas circunstancias para cambiar las llaves de la vivienda.

Como da autorización .... o bien lo firma o no lo firma, esto es otra cosa. Pero si lo firma, funcionar?
19/05/2015 12:56
No lo creo. Esas cláusulas son demasiado agresivas. La LAU no las respaldaría.
abogado@leonbendayan.com
23/05/2015 19:20
Todas las cláusulas que se pongan en un contrato, y sean contrarias a la Ley, son nulas de pleno derecho, aunque estén firmadas por la otra parte, no tienen validez.
cicabogada@hotmail.com