Hola, me gustaría informarme sobre los contratos de aquiler de piso. Somos 4 amigas y vamos a alquilar un piso por un año, en el caso de que yo firmara ese contrato y me fuera dentro de 5 meses, tendría que seguir pagando el resto del año? tendríamos que rescindir el contrato e irnos las 4? me devolverían la fianza de dos meses? Muchas gracias y un saludo.
Si tu te fueras a los 5 meses.
En caso de que hubieráis firmado contrato SOLIDARIAMENTE, o tú o tus amigas tendríais que seguir pagando tu parte, me explico, al casero le da igual las cuentas que hagáis vosotras, el caso es que él reciba la renta pactada cada mes.
Si hubieráis firmado mancomunadamente, ahí no, ahí cada inquilina responde por su parte. PERO si una de las INQUILINAS se va, EL CONTRATO SE ROMPE para todas, con las consecuencias legales que eso pudiera acarrear (demanda, o acuerdo de indemnización al casero por el incumplimiento a cambio de que no os demande)
Es práctica habitual en incumplimientos de contrato por parte de los inquilinos, que ofrezcan al casero una indemnización de 2 meses (la fianza) a cambio de que éste no ponga una demanda judicial, pues eso le podría costar al inquilino incumplidor bastante más dinero ya que suelen condenarle en costas.
Debes tener en cuenta que los contratos de arrendamiento de vivienda por 1 año, obligan al inquilino por 1 año, pero al casero le obligan por 5. Además dado que el casero NO PUEDE INCUMPLIR el contrato (echarte por las bravas), no es descabellado que si el inquilino incumple, deba indemnizar a la otra parte. Después de todo los contratos se hacen para asegurarse de que la otra parte cumple...
Si tú ya no estás segura de que puedas cumplir el año, te aconsejo que dejes que tus amigas alquilen un piso de 3 dormitorios, y tu busques un piso en donde alquilen una habitación. Los contratos de arrendamiento de habitación no se rigen por la LAU, y si tú pagas el alquiler por meses, puedes darlo por terminado cada mes. Creo que eso te evitará problemas, pero aún alquilando una habitación, te recomiendo firmar contrato ESCRITO, pues los contratos verbales, lo malo que tienen, es la dificultad de probar lo que se pactó.
Suerte
Muchas gracias por resolver mis dudas, ha sido de gran ayuda. Sólo una cosa más. En el caso de que yo firmara mancomunadamente y me fuera, podría buscar a otra persona que ocupara mi habitación en la casa y pagara mi parte sin que el contrato se rompiera?
Sólo si el resto de las partes está de acuerdo. Habría que firmar un anexo al contrato diciendo que tú sales, Fulanita entra, y firmarlo TODOS.
Por otra parte, creo que os va a ser bastante más difícil encontrar un arrendador que acepte un contrato mancomunado . Para él es mucho menos problemátco el contrato solidario.
Suerte
Muchisimas gracias por resolver mis dudas! Espero conseguir un contrato mancomunado, aunque creo que lo que se suele hacer normalmente en estos casos es meter a otra persona y no suele haber problema...espero no encontrarme yo con problemas!!!
Hola syrezaia. En su caso concreto existen 2 opciones:
1º) Celebrar un contrato de arrendamiento de VIVIENDA en el que figuren las 4 personas como Arrendatarias. SI en el contrato NO se especifica nada los arrendatarios tendrán el carácter de SOLIDARIOS(el arrendador puede reclamar la totalidad del pago de la renta a cualquiera de ellos). Sin embargo es posible pactar que los arrendatarios sean MANCOMUNADOS(en este caso sería necesario hacer constar la parte de renta que pagaría cada uno de los arrendatarios).
En el supuesto de que UNO de los arrendatarios DESISTIESE UNILATERALMENTE del contrato podría ocurrir:
a) Que el arrendador instase la bresolución judicial del contrato.
b) Que el arrendador ACEPTASE el desistimiento y que el contrato continuase en vigor.
c) Que el arrendador ACEPTASE el desistimiento y la incoprporación de un NUEVO arrendatario al contrato(cesión de contrato).
2º) Celebrar un contrato de arrendamiento de Temporada PARA CADA UNA DE LAS HABITACIONES de la vivienda. De esta forma el incumplimiento de las obligaciones de cada arrendatario LE AFECTARÁ únicamente a él y no al resto.
Jan, ¿Dices que si en el contrato NO se especifica nada los arrendatarios tendrán el carácter de solidarios?
Yo hubiera jurado lo contrario, que para que los arrendatarios firmen SOLIDARIAMENTE había que especificarlo.
Gracias por sacarme de mi error.
Jan, he encontrado este otro post, en donde tú dices lo contrario:
"Autor: Jan Fecha: 07/02/2006
Hola Ignacio. Lamento no estar de acuerdo con su manifestación en base a la siguiente argumentación. El contrato puede estar formalizado a favor de una o varias personas. Si son varias y nada se expresa lo serán con carácter mancomunado, al amparo de lo establecido en el artículo 1.137 del Código Civil, por el que la mancomunidad es la regla y la solidaridad la excepción.
Salvo mejor opinión. Un saludo. "
Aquí: http://www.porticolegal.com/foro/arrendamientos/145955/2 arrendatarios en contrato y uno solicita resolucion