Buenas tardes,
Alquilé un local en el que en el contrato dice bien claro que "la parte arrendadora declara bajo su personal responsabilidad que la finca se encuentra libre de cargas" y a la semana de abrir mi negocio me entero que hacia 4 meses que no se pagaba la luz y que si no se pagaba la cortaban aunque se cambiara de titular, porque va por suministro , no por titular. Y que si hacia un contrato nuevo se llevaban el contador e igual tardaban 15 días o un mes en volver a poner otro, así que acorde con la dueña pagar uno de los recibos ella y el otro como todavía no había llegado la factura, cuando llegara lo pagaba yo y ella me abonaba lo que no me correspondiera. Ahora me dice que lo he pagado yo voluntariamente de hecho me ha mandado una carta diciéndolo y que si quiero que reclame a las antiguas inquilinas que ella no me lo paga. Qué puedo hacer? No se considera que me han engañado poniendo eso en el contrato? la inmobiliaria habiendo sido quien me alquilo el local y habiendo cobrado también una mensualidad, no tiene ninguna responsabilidad tampoco?
No: es que los tiros no van por ahí.
Cuando le han dicho que la finca no tiene cargas, se está refiriendo a hipotecas, embargos, opciones de compra, y negocios por el estilo que normalmente se inscriben en el registro de la propiedad.
La inmobiliaria no tiene responsabilidad en nada.
En cuanto a las facturas de luz que me cuenta, es el típico problema de los pactos verbales. Yo creo que si interpusiera una demanda la ganaría, porque no tiene sentido que Ud. pague dinero por que sí, pero siempre existe la posibilidad de perder un pleito.
Buenos días y gracias por ayudarme.
Hablé con las antiguas inquilinas porque me dice la casera que se lo reclame a ellas que es su deuda (a pesar de que no fue lo que acordamos) y me dicen que no las devolvió la fianza para pagar los recibos de la luz.
Ahora a que se supone que debo de hacer?, por qué tengo que estar yo dando vueltas que soy la que no tiene nada que ver en este embrollo?
No, no: la casera se pasa de lista un montón de pueblos.
Si las anteriores arrendatarias pagaron o no lo luz a la casera es un problema entre ellos en el que nada tiene Ud. que ver.
Ud. tiene que entenderse con la casera y con nadie más. Lo demás son evasivas para no afrontar las obligaciones.
pues eso la dije yo y me ha mandado hasta una carta firmada y todo diciendo que la obligación de pago es de ellas y que habiéndolo pagado yo voluntariamente que no le puedo trasladar a ella la obligación y que no se me ocurra descontarlo del alquiler (cosa de la que nadie habló, no se de donde lo saco)no se que hacer...
Lo que debe hacer es poner el contrato de luz a su nombre. La empresa le dirá que no porque hay deudas del anterior titular, pero ESO ES FALSO. Si se ponen pesados dígales que les va a denunciar en la policía, verá qué pronto cambian de opinión.
No si el contrato esta a mi nombre, lo que pasa que como la factura cogía parte desde que empece yo y parte anterior y la casera había tenido problemas con las anteriores, me dijo, págala que te pago yo la diferencia. Y ahora, que me busque la vida.
El tema de los suministros eléctricos lo tengo muy controlado. Si existen deudas se puede cambiar la titularidad del contrato y que apechugue con ellas el que las generó, las compañías no se niegan (al menos en Asturias) porque saben que no pueden, peeeero (y aquí viene el problema) esto implica una baja del suministro y un alta nueva, y si el inmueble no tiene un Certificado de Instalación eléctrica en vigor (el de vivienda tiene una validez de diez años) tendrás que aportar uno y ya está liada. En frase de mi compañero leonjbr "te puede salir más caro el collar que el perro".
En el tema que se plantea estoy de acuerdo con el compañero. ha sido una imprudencia por su parte, y la única solución posible pasa por una reclamación judicial que probablemente (pero sin seguridad) gane.
Imprudencia por mi parte? Yo no supe de la deuda hasta un mes y pico de haber solicitado el cambio de titularidad y una semana después de haber abierto el negocio, cuando me entere de la deuda, me dijeron los de edp (que encima vaya caos de empresa) que si solicitaba un contrato nuevo, se llevaban el contador y que podían tardar de 15 días a un mes en poner otro, con lo que yo tenía que cerrar mi negocio! Entiendo que la dueña me tenía que haber informado de todo esto antes de alquilarme el local y no encima decirme, si, si, pagalo tu y luego y te lo devuelvo
La imprudencia por su parte fue pagar una suma que no le corresponde legalmente, sin documentar exactamente por qué y de dónde se iba a descontar. No quiero decir con esto que la culpa sea suya (que no lo es), pero si hubiera tomado esa precaución ahora no tendría problema. Llegados a este punto, tal y como le hemos dicho, no tiene más alterntiva que la reclamación judicial.
Exactamente: yo me refería exactamente a eso mismo que dice D. Crane. La imprudencia no está en lo que ha hecho sino en como lo ha hecho. Nosotros como abogados tenemos el mecanismo "automático" de la prueba o, lo que es lo mismo, el rechazo "automático" de todo trámite verbal. Las palabras se van y cuando se quiere recomponer lo que se ha hecho es casi imposible y los pleitos se complican una enormidad.
Ya sabemos que la gente de la calle no quiere a los abogados porque los consideran inútiles y liantes, y que hacen todo sólo para cobrar, pero cuando luego llegan los problemas vemos que esos abogados sabían de lo que hablaban.