Para Mariaso:
Celebrada la Junta, se confecciona el Acta, se firma por el Secretario y el Presidente, y se le envia a todos los propietarios (asistentes y ausentes), al domicilio que han declarado a la Comunidad para notificaciones.
Dentro de un mes desde la recepcion del Acta, el propietario que quiera oponerse al acuerdo, tendra que dirigir escrito emitiendo su voto en contra, dirigido al Secretario de la Comunidad.
No es necesario que tu expresamente le pidas a los ausentes el si o el no. La LPH la tienen que conocer todos.
Lo de votar por carta después de una junta se presta a manipulaciones, y a nulidad.
Procede enviar una circular antes de la Junta, indicando que el que no pueda aisistir otorgue su representación con el sentido del voto a otro.
El dia de la junta tendrá los votos de los asistentes y las papeletas de los no asistentes, pero representados, que incluso se las pueden dar a Vd.
Lo mejor es que entre a vivir el portero, pues es la finalidad de la vivienda-portería.
Lo demás son problemas.
Justa, perdona es que no me queda claro, después de la Junta ¿hago una circular pidiendo que digan si o no?
Hay algunos propietarios que viven en otra ciudad, y si no me contestan ¿considero que han dicho que si a alquilar o que con su silencio han dicho que no? Muchas gracias
De todos los propietarios, se tiene que esperar un mes desde que se envia el acta para que digan si o no
Al cabo del mes tiene usted unanimidad o 3/5 según hayan contestado
Muchas gracias Justa, me has solucionado todas las dudas. Pero unanimidad o 3/5 de ¿los asistentes o de todos los propietarios? te lo comento porque suelen faltar siempre muchos propietarios.
Otra vez muchas gracias
Para abrir la puerta entre el local y la porteria se necesita la unanimidad.
Para alquilar 3/5 y si tienen que declarar los ingresos.
Y los impuestos de IVA pues no lo alquilan como vivienda sino como local de negocio.
Para que el portero se quede a vivir en la porteria, tienen que ver el convenio de fincas urbanas que le corresponde, pues en el se especifica la remuneracíon del portero con vivienda. y no sería un alquiler
Hola al foro: tengo una junta ordinaria dentro de unos días y hay dos propuestas.
La portería es un piso bastante grande, que necesita una reforma. Un propietario de un local quiere alquilar parte como almacén abriendo una puerta por su local ¿qué implicaría para la comunidad? me imagino que se le haría un contrato y la mensualidad se distribuiría entre los vecinos según su coeficiente. ¿En Hacienda tendríamos que presentar algún impuesto trimestral?
La segunda propuesta es que el portero se quede a vivir allí, ahora no lo hace.¿también se le hace contrato?
Entiendo que para tomar el acuerdo se necesita mayoría de 3/5.
Muchas gracias a todos