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Alquiler de inmueble

3 Comentarios
 
Alquiler de inmueble
01/03/2012 18:55
Buenas tengo la siguiente consulta, que quería saber si es posible disolver el contrato de alquiler que se hizo en su momento y del cual aun queda hasta 2014 para su vecimiento, ya que ese inmueble tenia la nuda propiedad una persona y el usufructo otra, la usufructuría a fallecido y ahora el nudo propietario quiere saber si es posible disolver ese contrato que hizo la usfructura, y en base a que puede ser anulado, si es poisible.
02/03/2012 09:00
Hola emacas,

En principio, y sin haber examinado el contrato, los contratos de arrendamiento celebrados por usufructuarios finalizan al extinguirse el derecho de usufructo en base al artículo 13.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. En su caso, a la muerte del usufructuario, finaliza el contrato.

Debería consultarlo con algún experto inmobiliario aportando más detalles del contrato.

Saludos.
02/03/2012 13:26
Buenas emacas,

Según el articulo 513 del Código Civil; El usufructo se extingue: 1º) Por muerte del usufructuario.
Es decir, que cuando fallece el arrendador se extingue el derecho de usufructo e igualmente el contrato de arrendamiento queda extinguido.

Un saludo.
perfil Jan
05/03/2012 12:07
Hola emacas. Coincido con la respuesta del Sr jordilloret.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl