Tengo la intención de alquilar una vivienda, que no es la habitual, por habitaciones. ¿Es problemático? Tengo entendido que hay que guiarse por el código civil y no por la LAU; y que se debería considerar como actividad económica.
La idea es ofrecer algún servicio como limpieza de la casa y lavandería; y al mismo tiempo, tener indirectamente controlado el piso.