Ya le hemos contestado: creo que si que por analogia tiene que aplicar la normativa, pero quien lo sabran seran los abogados valencianos. Vaya a ver a alguno.
Alquiler de habitación -airbnb- de mi vivienda habitual en la c.v
Ayuda por favor, no tengo claros los conceptos y posibles consecuencias:
"La normativa turística autonómica de la Comunitat Valenciana no contempla la posibilidad de dedicar al alquiler turístico una habitación o varias de una "vivienda turística", sino la unidad de alojamiento completa y el propietario no puede estar viviendo en ella"
Teniendo en cuenta lo anterior, publicado en la web de Turismo de la C.V. Puedo alquilar una habitación de mi vivienda habitual por periodos cortos a turistas dentro de la legalidad?
No puedo registrar mi vivienda como turística porque es "mi" vivienda, y no me interesa alquilar la habitación por periodos largos, sólo eventualmente. Además, no tengo vecinos