La situación debes valorarla en función de los riesgos, según la confianza que te pudiera inspirar cada inquilino en concreto.
La idea de que con un buen contrato se está seguro es muy relativa, puesto que a largo plazo lo haremos cumplir, pero con pérdidas económicas y de dominio por el medio, debido a la lentitud judicial.
Si tienes la mala suerte de tropezar con un "cara", mal asunto, sin ánimos de desanimarte.
Además, se trataría de un arrendamiento de uso distinto a vivienda, con las implicaciones fiscales correspondientes (IVA).
Yo no lo declararía, no te van a estar persiguiendo por eso, son cantidades ridículas a la hora de declarar.
Tampoco haría ningún contrato, es un garaje... Y tranquilo, porque a la gente más le vale pagar... Tu no tienes nada que perder y sí algo que destrozar... No creo que alguien que no pague se atreva a meter su coche en la parcela.
lo que debes saber unairaga es que si vas a desgravarte por adquisicion de vivienda incluyendo esta plaza de garaje NO la puedes alquilar debe ser de uso propio.
Los riesgos Oval, vienen cuando hay incumplimiento, ¿ cómo probar lo que se pactó?. Aunque el arrendamioento verbal es legal, si es necesario acudir a un juzagado el abogado se encuentra con la dificultad de probar lo que su cliente afirma.
En un proceso civil hay varios tipos de pruebas y la documental ( documentos escritos) es la prueba por excelencia. Cuando hay un contrato escrito no hay vuelta de hoja.
Lo escrito escrito queda , las palabras se las lleva el viento.
Hola unairaga. Estoy totalmente de acuerdo con lo expresado por el Sr novato. Si lo desea yo puedo facilitarle modelos de contratos de garaje para que se haga una idea apróximada.
En el arrendamiento de plaza de garaje el contrato predomina ante la ley, y es fundamental un buen contrato que redacte un profesional.
Formularios en Internet hay muchos, pero es arriesgado, puede que no estén redactados conforme a la vigente ley, o sean de otro país. Le aconsejo acuda a un profesional. La mejor forma de solucionar problemas es evitarlos.
En cuanto al tema fiscal, si debe declarar el ingreso. Si no lo hace, se la juega, si no lo pillan....suerte; si le pillan a pagar con apremio.
De todas formas el tema fiscal no influye en el civil. es decir, si tiene que acudir al juzgado, el que tenga problemas con Hacienda, no perjudica el proceso judicial que pudiese tener con su inquilino. Son cuestiones diferentes, pero un buen contrato es fundamental, sobre todo en arrendamientos de uso diferente al de vivienda, cómo es su caso.
Alquiler de garage bien hecho, sin que origine problemas
Buenas. Sé que hay muchos post que tratan del mismo tema pero como soy un desonocido total del derecho quiero poneros todos los detalles de mi caso, porque igual por algún detalle es distinto a otros casos.
He comprado un piso de proteccion oficial en Vizcaya e incluye piso + garaje + trastero. Adicionalmente nos dieron la oportunidad de comprar una 2º plaza de garaje a los que quisieramos porque salían más plazas de garage construidas y yo he comprado una 2º plaza de garage, eso sí, ésta 2º plaza de garage ya no tiene la condición de proteccion oficial puesto que ésta sólo la tiene el garage y trastero que viene con el pìso pero para los que compramos la 2º plaza de garage es ya a precio normal de mercado. Otra cosa que os comento es que aunque la 2º plaza de garage se nos haya cobrado a precio de mercado y no de proteccion oficial, en las escrituras este 2º garage se va a incluir junto con el piso + garage + trastero para aprovechar y pagar el 7% de IVA (al ser de proteccion oficial el piso + 1º garage + trastro) y no el 16% que saldría si se haría en escritura aparte.
Ahora el tema es que yo esta 2º garage lo quiero alquilar y quiero que el alquiler sea una fuente de ingresos y no una fuente de problemas. Tengo miedo de que me toque un arrendatario que no pague o pague a destiempo o lo dicho genere problemas. Evidentemente para ello habrá que redactar un contrato de arrendamiento para estar cubierto pero no tengo ni idea de derecho. Con los detalles de esta operación ¿existe algún contrato que me sirva que me pueda descargar y luego sea únicamente adaptar a los datos de mi garage, precio, ... o no? Otra cosa, al haber contrato, consta legalmente que estaria percibiendo dinero (unas 12000 ptas al mes tengo idea de cobrar * 12 meses = 144000 pts) y por tanto habría que declarar en la declaracion de la renta ese dinero pero en muchos sitios he leido que al tratarse de cantidades pequeñas que no se declaran. Repito: si hay contrato legalmente se conoce que yo estoy percibiendo ese dinero al año y por tanto lo tendría que declarar en el IRPF ¿por que entonces dicen que al ser cantidades pequeñas no se declaran? ¿No podría tener problemas con Hacienda?
Como veis más perdido que un pulpo en un garage (nunca mejor dicho, jeje)